Contratos para la formación

Contratos para la formación


 Ponemos a su alcance el mayor número de ocupaciones.

Esta formación no representa costes directos para las empresas al estar bonificada por la Seguridad Social

Desde  la entrada del Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre1 los Contratos de Alternancia deben estar vinculados al Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo

En la formación teórica obligatoria a realizar por los trabajadores, ofrecemos un servicio integral a nuestros asociados de asesoramiento tanto comercial y docente, como de tramitación oficial de la documentación.

Los principales cambios son:

  • Contratación inmediata (sin necesidad de comunicación previa)
  • Formación online 100% (se suprimen las sesiones presenciales)
  • Mínimo 3 meses y máximo 2 años (se incorpora la posibilidad de realizar contratos por un periodo mínimo)
  • La empresa se beneficia de una bonificación adicional mensual, en concepto de tutorización laboral, de 60 (plantillas 5 o más trabajadores) y 80 €
  • Edad, mayores de 16 y menores de 30
  • La duración máxima efectiva no podrá ser superior a 26 horas a la semana el primer año o 34 horas a
    la semana el segundo año
  • Es el único contrato que paga O€ en Seguros Sociales.
  • Se amplían el numero de ocupaciones disponibles.

¡ACTUALMENTE ESTAMOS ACREDITADOS POE EL SEPE EN UNA GRAN VARIEDAD DE OCUPACIONES DISPONIBLES EN LA MODALIDAD TELEFORMACIÓN 100% ONLINE.

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